Licencias para el vertimiento de aguas residuales de San Francisco Campestre siguen firmes

 

Desde que comenzó el sueño de Condominio San Francisco Campestre en el año 2018, hemos recibido el apoyo de muchas personas representado en clientes felices, proveedores y empresas aliadas, quienes han visto en nuestro proyecto una gran oportunidad de inversión y desarrollo regional.

Sin embargo, al ser un proyecto grande y visionario, es normal que también existan detractores, personas que con acciones mal intencionadas buscan frenar el desarrollo inminente que llegará a Doima-Tolima con desinformación.

Cada acción, cada señalamiento y cada noticia falsa, la hemos aclarado como debe ser, con la verdad, soportada en hechos, documentos y pruebas, para brindar tranquilidad total a todos los que han creído en San Francisco Campestre desde el primer día.

En esta oportunidad, la página de internet Cambio In publica un artículo titulado: Urbanizaciones de lujo en Doima, no se podrían hacer. Frente al texto publicado es importante hacer las siguientes precisiones:

  1. La disponibilidad del servicio de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que otorgó la Alcaldía de Piedras a Condominio San Francisco Campestre mediante oficio SP101.OF127 el 31 de enero de 2019, se hizo porque la constructora, según el documento, cumple con las disposiciones técnicas, legales, normativas y regulatorias vigentes de acuerdo al concepto técnico emitido por la Secretaría de Planeación e Infraestructura del municipio de Piedras según documento SPI3000F003.
  2. La disposición otorgada, le permite a San Francisco Campestre descargar las aguas residuales al sistema de alcantarillado de Doima. Este a su vez será transportado a través de una red propia de alcantarillado que conecta al último pozo ubicado metros antes, a la planta de trata de tratamiento de aguas residuales (piscinas de oxidación) que posee Doima.  “San Francisco Campestre tiene una densidad de solo 5.5 viviendas por hectárea. La carga contaminante para las 293 casas será de solo 2.10 litros por segundo de aguas residuales, volumen que puede recibir sin ningún tipo de problema la planta de Doima. Adicionalmente, Piedras tiene previsto optimizar mucho más esa planta(la de Doima), para que pueda recibir más caudal, proyectado en el  crecimiento de población y número de viviendas que se viene para la zona”, manifestó Guido Koslo ingeniero hidrosanitario de San Francisco Campestre, quien tiene más de 25 años de experiencia en el área.

Y agregó: “Otro tema importante en los diseños y construcción del alcantarillado de San Francisco Campestre es que se tuvo en cuenta la normativa RAS (Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico) dada por Ministerio de Medio Vivienda y Agua Potable. Igualmente, se cumple con ley 142 y normatividad de Cortolima. No se ha obviado ninguna norma, ninguna ley, que pueda afectar el proyecto”

Oficina Jurídica de San Francisco Campestre se pronuncia

Por su parte, la Oficina Jurídica de la constructora, representada por Abogados Especializados H&H, también se permite en hacer las siguientes precisiones:

El informe citado, falta a la verdad y descontextualiza totalmente lo precisado por el Procurador Judicial II Ambiental y Agrario para el Tolima, en el oficio No. PJAAT-0598-21 de fecha 24 de mayo de 2021, en los siguientes aspectos:

  1. No es cierto que el pronunciamiento del Servidor Público haya sido con ocasión a recursos presentados por el señor NESTOR GREGORY DÍAZ RODRÍGUEZ; pues de lo expresado en la misiva se observa que está solo contestando una petición o solicitud del mencionado ciudadano.
  2. De la respuesta dada por el ente de control, tampoco se vislumbra que la misma haya sido con ocasión a un “conflicto que tiene un sector de la comunidad del centro poblado de Doima, Jurisdicción del Municipio de Piedras, con los proyectos de lujo que se piensan a realizar en la zona”; contrario a ello, lo dispuesto por la entidad fue ordenar trasladar la petición formulada por el ciudadano a la autoridad competente, esto es, la Corporación Autónoma Regional del Tolima y a la Superintendencia de Servicios Públicos, para que adelanten los procesos administrativos de acuerdo con sus competencias legales y funcionales.
  3. Adicionalmente, raya con la verdad la afirmación del medio informativo cuando indica que la Procuraduría General de la Nación, “ordenó a Cortolima que defina en el menor tiempo posible si se deben revocar unas licencias ya otorgadas” y “no le queda otra salida que revocar los permisos dados a proyectos de vivienda en Doima”; pues se insiste, al tenedor literal del documento que se adjuntó, lo realmente dispuesto es trasladar la petición para que la Corporación Autónoma adelante un procedimiento administrativo en contra del Municipio de Piedras y no para la revocatoria de licencias otorgadas.

Condominio San Francisco Campestre seguirá adelante, contribuyendo de manera directa con el desarrollo de una región maravillosa como Doima, convirtiéndose en poco tiempo, en el primer proyecto bioclimático de Colombia.

 

“La casa de los sueños de muchos colombianos está en Doima”

 

 

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